Vuelvo "a la carga"
Voy a intentar ser lo más sucinta posible (sobre todo después del ladrillo del comentario anterior
-Ejemplo: Novelas ejemplares, p. 34.
En esta página se indica: “Observad que hemos pospuesto los artículos (…) de las obras incluidas en la nota de contenido (campo 505) puesto que no tenemos indicadores que señalen los caracteres que no alfabetizan.”
Esta práctica me causa confusión. Expongo mi razonamiento, para que se me corrija en donde sean necesario:
1. Los asientos tienen unos puntos de acceso, que pueden ser principales (campos 1XX) o secundarios (7XX). Obviamos aquí títulos y materias.
2. La alfabetización es necesaria para la ordenación y recuperación de los diferentes asientos bibliográficos en el catálogo.
3. Como los asientos se ordenan por sus puntos de acceso, la alfabetización sólo se aplica a éstos.
4. Por lo tanto, no entiendo la necesidad de aplicar las normas de alfabetización, alterando los títulos, en una nota que no se utilizará en ningún caso como punto de acceso.
Duda extra: Para poder usar las obras que incluye el libro como punto de acceso, ¿no sería necesario poner los títulos en un campo 7XX, como 730 o 740?
Ejemplo: Novelas ejemplares, sin título colectivo, p. 35.
En este caso, ¿no sería procedente un título uniforme colectivo de este tipo, tal y como se ve en el ejemplo de la página 15 (Biblioteca Antonio Gala)?
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Gracias de antemano por su respuesta.
