por Rocio Martinez Bocero » Jue Jun 23, 2005 9:53 pm
Hola, Elena:
Un libro determinado solo puede ir encuadernado de una forma, como es lógico. Es imposible que se den a la vez (en un mismo ejemplar) la encuadernación en rústica y en tapa: o bien tiene una cubierta flexible o unas tapas (que son duras). Pero se suelen hacer ediciones de la misma obra que tienen distintas formas de presentación, cada una con un ISBN diferente. En el registro bibliográfico de un libro que se ha editado tanto en rústica como en tapa hay que consignar ambas formas de presentación, pues no se crea un registro diferente para cada tipo de encuadernación, sino que es el mismo registro el que sirve para las dos encuadernaciones y que, por consiguiente representa al documento en cuestión en el OPAC.
Lee la regla 1.8.6 B de la página 63 y verás que toca este tema. Si tienes una obra en rústica que también se ha editado en tapa (o en piel, etc.) y figuran en el libro los dos ISBNs ( o más) debes incluir en el registro dos campos 020, cada uno con el número que le corresponde y entre paréntesis pondrás el tipo de encuadernación de que se trate.
Muchas gracias por tu participación y espero haberte aclarado.
Rocío Martínez Bocero
Directora-coordinadora Biblioposiciones.com