por Rocio Martinez Bocero » Jue Sep 14, 2006 5:02 pm
Hola, María:
Si pudieras ser más específica con los ejemplos concretos en los que tienes duda, te lo agradecería. ¿Te refieres al de Isabel Allende, La casa de los espíritus?.
El hecho de que uses el campo 240 no significa que ya no tengas que incluir el 245. Claro que hay que poner el campo 245 con el título propiamente dicho y el o los títulos paralelos que tenga la obra (si figuran en la fuente principal de información, que es la portada).
Mira, el campo 240 contiene el título uniforme de una obra cuando el registro bibliográfico tiene un autor/a personal (campo 100), un autor corporativo (110), o el punto de acceso principal es un congreso o cualquier otra reunión científica (simposio, etc.) (campo 111).
Esto sucede cuando la obra aparece con varios títulos, siendo necesario escoger un título en concreto que represente la obra.
En cambio el campo 240 NO se utiliza cuando en el registro hay un campo 130 (título uniforme como entrada principal). En ocasiones el título 240 será idéntico al del campo 245.
Quizás lo que haya ocurrido es que no hemos dado el registro completo de la obra, sino sólo el campo que se está explicando en ese momento, y por eso te has creído que no había que incluir el 245. Recuerda que vamos paso a paso.
El registro de Isabel Allende quedaría de esta forma:
100 1 |aAllende, Isabel
240 13 |aLa casa de los espíritus.|lInglés
245 14|aThe house of the spirits /|cIsabel Allende ; translated from the Spanish by Magda Bogin
No hay ningún título paralelo en la fuente principal de información, que es la portada, por tanto no tienes que ponerlo en el campo 245. En el verso de portada sí figura el título original de la obra, pero el verso de la portada no es la fuente principal de información para esta área. Observa el segundo indicador del campo 245: es 4 porque hay un artículo inicial (3 caracteres) y hay que contar un espacio (1 carácter).
Repasa el punto 1.1.5 de las Reglas de Catalogación, página 15, relativo a los títulos paralelos. Te repito, no tienes que poner ningún título paralelo en el campo 245 como no sea que figure en la portada, que es la fuente principal de información del área de título y mención de responsabilidad.
En cuanto a la segunda pregunta, creo que ya te he contestado. El verso de portada NO es fuente principal de información para el área de título y mención de responsabilidad (repasa el punto 2.0.1 B, página 70 de las Reglas). Sí lo es para otras áreas, como la de edición.
En cuanto a los corchetes, los sistemas automatizados pueden generarlos como visualización asociada a la etiqueta de campo, sin que la persona que cataloga los tenga que teclear. Así que por eso no tienes que preocuparte, nadie los pone, y cuando te examines no te van a pedir que realices una ficha de catálogo manual, sino que rellenes una plantilla con las etiquetas MARC, tal y como vamos a practicar en este curso.
Si aún así quieres ser “más papista que el Papa” y ves que en el examen te sale un título uniforme y deseas que el tribunal sepa que no se te han pasado los corchetes por alto, incluyes una nota aclarando que los módulos de catalogación los generan de forma automática si se los parametriza para que lo hagan.
Espero haber aclarado tus dudas. Escribe de nuevo si no te convence la explicación y aún sigues confusa.
Un saludo y gracias por participar.
Rocío Martínez Bocero
Directora-coordinadora Biblioposiciones.com