10 becas en la Universidad de Huelva

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10 becas en la Universidad de Huelva

Notapor maria2 » Lun Abr 11, 2005 4:32 pm

10 becas en la Universidad de Huelva

http://www.uhu.es/biblioteca/Convocator ... a_2005.pdf


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RECTORADO
CONVOCATORIA DE DIEZ AYUDAS PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA 1.
2. BENEFICIARIOS
3.
OBJETIVOS Las ayudas tienen como objeto la formación y cualificación de los beneficiarios en la preparación y capacitación de personal especializado en Bibliotecas, como complemento a su formación académica, con una especial atención en tareas de catalogación retrospectiva. Podrán solicitar estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Dichos requisitos se deberán mantener durante el periodo de disfrute de la misma. 2.1. Poseer la nacionalidad española, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o extranjero residente en España en el momento de incorporarse a la ayuda, según establece el art. 48 del R.D. 2.2.1996. 2.2. Estar en posesión del título universitario de Licenciado, Ingeniero Superior, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. 2.3. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes. DOTACIÓN DE LAS AYUDAS 3.1. Las ayudas comprenden una asignación de 600 € brutos mensuales cada una. A esta cantidad le será descontado lo que corresponda en concepto de I.R.P.F. Estas ayudas serán cargadas a la partida presupuestaria 483.03 de la unidad de gasto de la Biblioteca Universitaria. 3.2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

RECTORADO

3.3. El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, salvo los contratos derivados de la aplicación del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades (Ley 6/2001, de 21 de diciembre) o del artículo 11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica (Ley 13/1986, de 14 de abril). Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la cuenta de la Universidad de Huelva. DURACIÓN DE LAS AYUDAS Y BOLSA DE ASPIRANTES 4.1. La duración de las ayudas será de doce meses. Dicho periodo podrá ser prorrogado por uno equivalente al disfrutado, si el interesado cumple las condiciones de la convocatoria y cuenta con el informe favorable del Director de la Biblioteca Universitaria según las necesidades de la misma y la disponibilidad presupuestaria. 4.2 Se creará una bolsa de aspirantes con los solicitantes que no obtengan ninguna ayuda, para cubrir aquellas que queden sin beneficiario por renuncia del titular u otros motivos. Para la adjudicación se seguirá el orden estricto de la puntuación obtenida según baremo. Dicha bolsa tendrá una validez máxima de 2 años. CARÁCTER DE LAS AYUDAS 5.1. Los beneficiarios de las ayudas estarán adscritos a la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Huelva. La Dirección de dicho Servicio asignará el destino y los horarios, que se distribuirán en turnos de cinco horas de lunes a viernes, tanto en jornada de mañana como de tarde. 5.2. La concesión de estas ayudas no supone ningún tipo de vinculación contractual, laboral ni administrativa entre el beneficiario y la Universidad, ni implica compromiso alguno por parte de ésta. 5.3. Los beneficiarios disfrutarán de 22 días laborales de permiso o los días que correspondan proporcionalmente al tiempo disfrutado de la ayuda. Dicho permiso podrá disfrutarse por quincenas, semanas o días, previa autorización de la Dirección de la Biblioteca Universitaria. 5.4. Las renuncias a las ayudas deberán presentarse ante el Vicerrectorado de la Biblioteca Universitaria y de Relaciones Internacionales.

CONDICIONES DEL DISFRUTE 6.1. El disfrute de las ayudas comenzarán al incorporarse el beneficiario al Centro, dentro del plazo que se señale en la resolución de adjudicación. 6.2. Los beneficiarios se comprometen a cumplir el horario y la línea de trabajo encomendadas. La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la ayuda concedida. 6.3. En caso de producirse faltas de asistencias o de disciplina por parte del beneficiario, se podrá proceder a la suspensión y/o extinción del disfrute de la ayuda, recibiendo el beneficiario la parte proporcional al período desarrollado y perdiendo todo derecho a certificado acreditativo del disfrute de la misma. 6.4. Los beneficiarios que renuncien a la beca antes de cumplir un mes de disfrute no tendrán derecho a percepción económica ni a certificación alguna. Pero si la renuncia se produjera una vez superado dicho límite, tendrán exclusivamente derecho a la parte proporcional de la prestación económica que les corresponda. 6.5. Mensualmente podrá solicitarse un informe de actividad del beneficiario, así como una memoria de evaluación del trabajo realizado a la finalización de la misma. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 7.1. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días naturales, contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Tablón de anuncios de Biblioteca, página Web. y Servicio de Recurso Humanos y no se admitirá ninguna solicitud fuera de dicho plazo. 7.2. Las solicitudes se formalizarán en el impreso cuyo modelo figura en el Anexo I y se presentarán en el Registro General de la Universidad de Huelva, dirigidas al Excmo. Sr. Rector Magnífico. 7.3. Las solicitudes adjuntarán la siguiente documentación: a) Fotocopia del D.N.I. o equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea, o tarjeta de residente del solicitante en caso de naturales de otros países. b) Fotocopia del título, o resguardo de haberlo solicitado.

c) Certificación Académica Oficial, en original o fotocopia, en la que figure de forma detallada las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente. d) Currículum del solicitante, con especial mención de la experiencia en el campo de la Biblioteconomía y cursos específicos, en el que se señalará la formación recibida y su experiencia, acompañado de las correspondientes certificaciones. VALORACIÓN DE SOLICITUDES 8.1. La selección se realizará por una Comisión Evaluadora nombrada al efecto, que será la encargada de proponer los candidatos para el disfrute de las ayudas y tendrá en cuenta para la baremación de las solicitudes los siguientes apartados: a) Expediente académico: hasta 5 puntos. b) Otros méritos: hasta 5 puntos. La Comisión Evaluadora será la encargada de valorar otros méritos aportados por los candidatos. Se tendrán en cuenta los conocimientos prácticos de los candidatos en función de la labor a desempeñar, los conocimientos en catalogación, la formación complementaria, etc. 8.2. La Comisión Evaluadora estará constituida por: Presidente: D. Luis Rivero García, Vicerrector de la Biblioteca Univ. y de Relaciones Internacionales Vocales: D. José Manuel Brunet Sahún, Vicegerente Dª Mª Antonia Alvarez Alvarez, Jefe de Servicio de la Biblioteca Univ. D. José Carlos Morillo Moreno, Ayudante de Archivos y Bibliotecas Dª Rafaela Cívico Martín, Ayudante de Archivos y Bibliotecas. El Vocal de menor edad, actuará como Secretario. PLAZO DE RESOLUCIÓN El plazo máximo de la resolución y de notificación de los procedimientos de otorgamiento de las ayudas será de un mes.

PROPUESTA DE CONCESIÓN DE AYUDAS La Comisión Evaluadora propondrá la concesión de ayudas a tantos solicitantes como ayudas se hayan ofertado junto con la evaluación obtenida por los mismos, más un número de suplentes que serán llamados en caso de producirse una renuncia o incidencia entre los seleccionados en primera instancia, o si surgiera la posibilidad de dotar una nueva ayuda de colaboración en las mismas condiciones de dicha convocatoria. El incumplimiento de las condiciones fijadas en la convocatoria dará lugar a la pérdida de la ayuda concedida siguiendo para ello los procedimientos legales establecidos. Contra la presente Resolución, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes, a partir de la fecha de su publicación. En Huelva a 11 de abril de 2005 EL VICERRECTOR DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA Y DE RELACIONES INTERNACIONALES Fdo: Luis Rivero García

RECTORADO
ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA DATOS PERSONALES Apellidos………………………………………………………………………………………………………………. Nombre…………………………………………………………DNI………………………………………………… Dirección……………………………………………………………………………Teléfono………………………. Cod. Postal…………………..Localidad y provincia:……………………………………………………………… DATOS ACADÉMICOS Titulación……………………………………………………………………………………………………………… Universidad……………………………………………………Ano inicio/fin estudios…………………………. Resumen expediente académico, total asignaturas ……………….MH ………………SB ……………..N ………………AP ……………………..COV Otros títulos académicos (Universidad y años inicio/fin de estudios)…………………………………………. ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Firma del solicitante, comprometiéndose, en caso de concesión, a cumplir los requisitos de la presente convocatoria: En Huelva, a …….. de ……………………………..de ………………… EXCMO. SR. RECTOR MGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA
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